La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió provisoriamente los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había derogado la Ley de Tierras Rurales, en una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie ante la Justicia Federal de Bariloche. La medida se aplicará hasta que el Juzgado Federal de Bariloche se pronuncie sobre la legitimación de los demandantes.

Los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti, Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci adoptaron la decisión, mientras que el ministro Carlos Rosenkrantz votó en disidencia. La medida cautelar no implica un pronunciamiento definitivo sobre la constitucionalidad de la derogación de la Ley de Tierras Rurales.

Un edificio de arquitectura neoclásica de varios pisos con una fachada de piedra, que presenta múltiples ventanas y una estructura con columnas y detalles ornamentales, ubicado en una calle con vehículos y peatones.

La Corte Suprema remitió el expediente a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada con la misma disposición del decreto. La Corte distinguió el caso de Árbol de Pie del caso CECIM. Rechazó la demanda de esta última.

No hay acuerdo sobre la suspensión. Según algunas fuentes, la Corte Suprema de Justicia suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023. La medida fue adoptada en una causa iniciada por la Asociación Civil Árbol de Pie ante la Justicia Federal de Bariloche.

Tres hombres de traje están sentados en una fila en un lugar formal, posiblemente una sala de reuniones o ceremonia. Todos visten trajes oscuros y presentan una expresión seria. En el fondo se observan otras personas y una bandera azul y blanca, con una estructura de columnas en el fondo.

En cuanto al contenido de la medida cautelar, algunas versiones indican que fue adoptada por los jueces mencionados.

Algunas fuentes señalan que el expediente fue remitido a la Cámara Federal de La Plata, donde tramitaba otra causa vinculada con la misma disposición del decreto.